Seguramente te ha pasado: escuchas la palabra "Fiscalización del SII" y sientes un escalofrío. ¡Calma! Aquí te explicaremos de forma sencilla y entretenida todo lo necesario para enfrentar este proceso con seguridad y tranquilidad.
Imagínalo como un chequeo médico, pero tributario. Es el momento en que el Servicio de Impuestos Internos (SII) revisa cuidadosamente tus declaraciones, tanto anuales como mensuales, así como las facturas emitidas y recibidas, y tus registros tributarios para asegurarse de que has cumplido con tus obligaciones tributarias, es decir, que hayas declarado correctamente tus ingresos, gastos, y pagado los impuestos correspondientes.
El propósito de la fiscalización no es "cazar" contribuyentes, sino garantizar el correcto cumplimiento de las normas tributarias y asegurar que todos paguen los impuestos de manera justa. Sus principales objetivos son:
No es algo que suceda siempre ni a todos, pero puede ocurrir cuando el SII detecta inconsistencias en la información declarada o simplemente de forma rutinaria debido a que tu actividad económica se encuentra dentro del Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario, entre muchas otras razones.
La normativa establece claramente cuándo y cómo se desarrollan estas fiscalizaciones. Generalmente, tienes que saber que existe un plazo máximo que el SII debe respetar, el cual se encuentra regulado en el artículo 59 del Código Tributario:
Estos plazos pueden extenderse por una única vez por otros 6 meses adicionales, pero solo mediante una resolución fundamentada del SII.
Si el SII decide fiscalizarte, normalmente empezará con un requerimiento formal de antecedentes, el cual debe ser válidamente notificado, ya sea por correo, o mediante notificación personal o por cédula. Este requerimiento:
Además, toda esta información quedará registrada en tu portal personal en la página del SII, en la sección de expedientes electrónicos que permite un rápido acceso a esta información.
El funcionario del SII que requiera la información debe certificar que se han entregado todos los
No, el SII no puede exigirte directamente que entregues tus cartolas bancarias. Para acceder a esta información, debe obtener una autorización judicial previa. Es decir, solo un tribunal puede permitir que el SII revise tus movimientos bancarios si existen motivos fundados para ello. Esta garantía protege tu derecho a la privacidad financiera y evita fiscalizaciones arbitrarias.
Si el SII te solicita tus cartolas sin haber obtenido esta autorización judicial, puedes negarte amparándote en la normativa vigente.
¡Tranquilidad! Una vez que el SII revisa ciertos impuestos o situaciones tributarias, no puede volver a fiscalizarte sobre esos mismos hechos, salvo excepciones muy específicas. Por ejemplo, si aparecen nuevos antecedentes importantes, o información relevante proveniente del extranjero, podría abrirse una nueva fiscalización. Pero, en general, la ley protege al contribuyente de revisiones eternas sobre los mismos temas.
Si durante la fiscalización el SII detecta inconsistencias o errores, puede suceder lo siguiente:
Además, tienes derecho a que el SII certifique formalmente el cierre de la fiscalización si todo está correcto o una vez resueltas las diferencias.
Si crees que el SII se equivocó o no estás conforme con la fiscalización, puedes:
Finalmente recuerda, ¡una fiscalización del SII no es el fin del mundo! Con buena información, orden y la ayuda adecuada, podrás enfrentarla sin problemas. ¡Ahora ya sabes cómo mantenerte preparado y dormir tranquilo!